ÓRGANO ELECTORAL PLURINACIONAL
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
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Medios de comunicación y redes sociales que infringieron el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral para las Elecciones Generales 2025 (Capítulo II, Artículo 8, parágrafo VII)

En conformidad con lo establecido en el Capítulo II, Artículo 8, parágrafo VII del Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral para las Elecciones Generales 2025, que señala:

VII. Los medios de comunicación tradicionales, con sus respectivas redes sociales, y los medios digitales con dominio propio, con sus respectivas redes sociales, que no estén registrados ni habilitados y que emitan propaganda electoral, así como las cuentas en redes sociales que difundan desinformación, propaganda prohibida y mensajes que contengan discursos de odio, discriminación, misoginia y racismo, serán identificados con base en los reportes de monitoreo del SIFDE. A partir de esta información, se elaborará una nómina que incluirá el URL y/o enlace de estos medios, la cual se actualizará periódicamente y será publicada en el portal web del OEP para conocimiento de la ciudadanía en general.

Se informa a la ciudadanía que los siguientes medios de comunicación y cuentas en redes sociales han infringido lo dispuesto en el reglamento citado.

 

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