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Reglamento para la Observación y el Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa

El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la observación y el acompañamiento realizados por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), a los procesos de consulta previa convocados por el Estado Plurinacional, a través de instituciones públicas, de forma obligatoria y con anterioridad a la toma de decisiones respecto a la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales.