Menú de contenidos

Socializan el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral con la prensa de Chuquisaca

Feb 7, 2020 | Institucional

El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca socializó este jueves 6 de febrero los reglamentos de Propaganda y Campaña Electoral y de las Elecciones Generales del 3 de mayo en una reunión con propietarios de medios de comunicación, directores, administradores y periodistas de Chuquisaca.

El presidente del TED Chuquisaca, Wilfredo Cervantes Ortiz, luego de dar la bienvenida a los asistentes, expresó su satisfacción por la apertura de un espacio informativo apto para interactuar con representantes de los medios de comunicación, que son el nexo entre las organizaciones políticas y la sociedad civil.

Las autoridades del TED brindaron información detallada de la reglamentación que rige la campaña, propaganda y el proceso electoral. La encargada de la tarea fue la Vicepresidenta del TED Chuquisaca, Ximena Camacho Goyzueta.

soc.reglamento2

 

Camacho explicó que los medios de comunicación departamentales y locales interesados en la difusión de propaganda electoral pagada deben registrarse en las oficinas del TED hasta el 19 de marzo de 2020, adjuntando sus tarifarios de publicidad comercial y de transmisiones en vivo y en diferido. También deben inscribirse los medios digitales que tengan dominio propio, ya sean páginas independientes, medios de comunicación, radios y canales de Internet.

El calendario electoral establece que las organizaciones políticas y candidaturas pueden difundir propaganda electoral en actos públicos de campaña del 3 de febrero al 29 de abril, en tanto que la propaganda electoral en medios de comunicación solo puede ser difundida del 3 al 29 de abril de 2020.

El Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral prohíbe el uso de imágenes no autorizadas de personas individuales, niñas o niños, y de símbolos, lemas, materiales electorales y otros identificativos del Órgano Electoral Plurinacional o de cualquier otro Órgano o entidad del Estado. La norma también impide la contratación de espacios publicitarios por personas distintas a las organizaciones políticas y alianzas que presentan candidaturas en las Elecciones Generales, y la difusión de propaganda por medios de comunicación no habilitados.

“En cuanto al monitoreo de la propaganda electoral, se verificará el cumplimiento del plan de difusión, la observancia de las prohibiciones y de los límites máximos diarios establecidos en el Reglamento. Se verificará, además, el respeto del silencio electoral en el periodo que comprende 48 horas antes del día de los comicios hasta 18 horas de la jornada de votación”, precisó la vocal Camacho.