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En la presente gestión, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz recibió 16 solicitudes de procesos de consultas previas, de las cuales cinco pertenecen al municipio de Concepción, cinco al municipio de San Ignacio de Velasco, dos al municipio de San Miguel de Velasco, uno en los municipios de San José de Chiquitos, El Torno, Cabezas y San Ramón.

 

CONSULTAS 4

 

“La AJAM presenta la solicitud por escrito ante el TSE, donde da a conocer todos los antecedentes enmarcados en el artículo 11 de Reglamento (anteriormente mencionado). Posterior a ello, se remite al Sifde para su atención y esta instancia verifica que se cumplan los criterios mínimos de consulta previa: de buena fe, concertada, informada, libre y previa. Concluido el proceso, el equipo designado elabora el informe de observación y acompañamiento del proceso de consulta previa, el mismo que es considerado por la Sala Plena del TED Santa Cruz”, subrayó Callejas.

    1. El cronograma que establece las etapas y los plazos contemplados para la realización de la consulta previa.
    2. El procedimiento de consulta previa, que es la norma, reglamento, protocolo o directrices de la entidad convocante que guía el proceso la consulta previa.
    3. La información que refleje el área de afectación por la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales.
    4. La información descriptiva y detallada sobre los sujetos de la consulta previa.
    5. El informe sobre los impactos que causará la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales (si corresponde).

Del total de 16 solicitudes, ocho continúan en proceso de consulta debido a que aún no llegaron a un acuerdo o se suspendieron por la falta de asistencia de los sujetos de consulta; mientras que las restantes ocho llegaron a un acuerdo y hacen referencia a los siguientes municipios:

CUADRO OCHO MUNICIPIOS

 

CUADRO 5