Elecciones Generales: los medios de comunicación podrán registrarse hasta este jueves para la difusión de propaganda electoral pagada

De acuerdo a los plazos establecidos en el Calendario Electoral, hasta las 23:59 de este jueves 5 de septiembre, los medios de comunicación podrán hacer su registro para la difusión de propaganda electoral pagada durante las Elecciones Generales del 20 de octubre.
Descargue el Reglamento de Campaña y Propaganda en Elecciones Generales
Al momento de la inscripción, los medios de comunicación también deben registrar sus tarifas por concepto de publicidad comercial y de transmisiones en vivo y en diferido en el formulario correspondiente.
Requisitos para el registro y habilitación de los medios de comunicación para la difusión de propaganda electoral pagada
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- Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente, firmada por la o el propietario o representante legal del medio de comunicación.
- Fotocopia simple del poder notariado de la o el propietario o representante legal.
- Fotocopia simple de la cédula de identidad de la o el propietario o representante legal.
- Fotocopia simple del NIT del medio.
- Domicilio legal del medio de comunicación, número de fax y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
- Declaración jurada del tarifario en conformidad al presente Reglamento.
- Certificación de la ATT de la cobertura del medio en el caso de emisoras de radiodifusión y de canales de televisión. Para el caso de medios impresos y/o digitales declaración jurada que especifique la cobertura del mismo.
- Copia del certificado del Registro de Comercio, en caso de que corresponda.
