Denuncias Padrón Electoral Biométrico
El Padrón Electoral es el Sistema de Registro Biométrico de todas las bolivianas y bolivianos en edad de votar, y de los extranjeros habilitados por ley para ejercer su derecho al voto. El Padrón Electoral incluye como mínimo, además de la información biométrica, los siguientes datos: nombres y apellidos, fecha de nacimiento, sexo, grado de instrucción, domicilio, tipo de documento, número de documento, nacionalidad, país, departamento, provincia, municipio, territorio indígena originario campesino y localidad de nacimiento, asiento y zona electoral, recinto de votación. (Art. 76, Ley N. 018)
PROCESOS DE EMPADRONAMIENTO Y SANEAMIENTO DEL PADRÓN ELECTORAL BIOMÉTRICO
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES EN EL PADRÓN ELECTORAL
El Tribunal Supremo Electoral tiene la atribución de organizar y administrar el Padrón Electoral, a través del Servicio de Registro Cívico (SERECÍ).
En ese marco, la entidad electoral garantiza el respeto irrestricto del derecho a la intimidad e identidad de las personas y los demás derechos derivados de su registro, garantiza la privacidad y confidencialidad de los datos registrados y vela por la seguridad e integridad de la totalidad de la información registrada, tal como establece el artículo 72 de la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional.
ACCESO A INFORMACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL
En el marco del acceso a la información, el Tribunal Supremo Electoral, a solicitud de las organizaciones políticas, les entregará una copia digital de la información estadística del Padrón Electoral, en las fechas establecidas en el Calendario Electoral. (Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, art. 79 parágrafo I).